En el marco de la Mesa redonda «Leyes Laborales: ¿Chile contra la corriente?» organizada por ICARE, José Carlos Wahle, Socio de Veirano Advogados, habló sobre la realidad brasileña. Destacó los avances de la reforma laboral implementada que cubre áreas como nuevos ítems negociables, horas controladas y horas extra, trabajo intermitente, vacaciones pueden esparcirse, remuneración y servicios.

En esa línea, partió con un resumen de la legislación laboral en dicho país desde 1943, hasta llegar a la actual legislación, sobre la cual entregó las principales claves.

«Las leyes laborales en Brasil, antes de la reforma, eran obsoletas, por lo que necesitaban de una actualización. Teníamos un sistema de derecho romano obsoleto» — José Carlos Wahle en ICARE

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Contexto histórico: La legislación laboral previa

Así, Wahle empezó diciendo que «los orígenes de la ley laboral en Brasil datan de 1943 con el presidente Getulio Vargas, un dictador que por un golpe de Estado llegó al poder. En ese tiempo había mucha inestabilidad económica y Vargas sabía que Brasil debía avanzar, y para eso llevó adelante un código laboral que no pasó por el Congreso y que tuvo muchas innovaciones».

«Nuestra reforma laboral no es un reforma ideal, hubo muchas cosas que se pudieron hacer mejor, hubo cosas que no son tan constitucionales, pero era la reforma que podíamos tener» — José Carlos Wahle en ICARE

La Constitución del 88, base de la legislación actual

Wahle dijo que actualmente se rigen por la Constitución del 88, «la que nace poco después de dictadura militar y es muy peculiar: tienen más de 200 artículos (número muy elevado comparado con la de otros países), e incluye temas como los aguinaldos a los trabajadores». Agregó además que «aún tenemos en Brasil una polarización entre izquierda y derecha, pero la ironía que se puede ver es que se habla mucho de la importancia de los derechos sociales y otras cosas, pero en los programas de gobierno no se ven mayores diferencias».

La reforma a la ley laboral

Aseguró además que «las leyes laborales en Brasil eran obsoletas, por lo que necesitaban de una actualización. Teníamos un sistema de derecho romano obsoleto. Los jueces laborales probablemente no estarán de acuerdo con eso, pero ellos lo que hacían iba más allá de interpretar las leyes, las iban actualizando».

A juicio de José Carlos Wahle, la reforma laboral «no es un reforma ideal, hubo muchas cosas que se pudieron hacer mejor, hubo cosas que no son tan constitucionales, pero era la reforma que podíamos tener. De hecho, poco después de ser aprobada a mediados de noviembre, el presidente publicó un decreto presidencial que es efectivo como ley y que es sometido a la votación del Congreso para modificar partes de la reforma o profundizarla».

Principales puntos de la reforma

  • Hay nuevos ítems negociables: «Hay acuerdos colectivos e individuales que ahora podemos tratar en las empresas, ya que esta llevará a cabo sus políticas sin aprobación del sindicato o trabajadores. Ahora las posibilidades de negociar han mejorado: las vacaciones dependen totalmente del sindicato y no se puede reducir la hora de descanso para el almuerzo».
  • «Tenemos horas de trabajo controladas y una configuración de horas extras, el elemento más útil para gestionar la jornada laboral».
  • Trabajo intermitente: «No es trabajo temporal o part time, sino que es la posibilidad de tener un acuerdo, que llamaría trabajo «on demand», teniendo el empleado dos días para aceptar la oferta. Esto está pensado para apoyar restaurantes o empresas de servicio, pero las empresa de TI tienen también una gran oportunidad, ya que no tienen trabajo durante todo el año».
  • Las vacaciones pueden esparcirse: «Estas son un derecho constitucional, pero la mayoría de las empresas, en especial las de servicio, las acomodan, fingen que los empleados tienen 30 días cuando en realidad estas se dividieron. Esto no era legal y ahora se acuerda colectivamente».
  • Remuneración y beneficios: «La reforma ahora ha determinado que ciertos pagos no tengan costos de nóminas, lo que incluiría el infame tributo de seguridad social. Ahora el porcentaje de estos beneficios que se puede reclamar no es importante, y tengo derecho a cobrar mi aguinaldo y vacaciones».