Probablemente todos hemos escuchado más de alguna vez que una de las principales características de los chilenos es ser solidarios. Sin embargo, de acuerdo con el World Giving Index (Charities Aid Foundation, 2016) Chile ocupa sólo el lugar 55 a nivel mundial y el 4to a nivel latinoamericano en términos de generosidad, medida ésta según tres parámetros: ayuda a un extraño, donaciones en dinero y voluntariado.
«Si bien somos generosos y la mayoría de los chilenos está dispuesto a realizar aportes para financiar organizaciones sociales, existen múltiples barreras que dificultan poder concretar dicha generosidad en la donación de dinero y bienes a terceros» – Óscar Ferrari, socio de Garrigues.
Lo que probablemente ocurre es que si bien somos generosos y la mayoría de los chilenos (un 61% según el estudio de filantropía ciudadana elaborador por el Centro de Filantropía e Inversiones Sociales de la Universidad Adolfo Ibáñez) está dispuesto a realizar aportes para financiar organizaciones sociales, existen múltiples barreras que dificultan poder concretar dicha generosidad en la donación de dinero y bienes a terceros.
Estas barreras se ponen de manifiesto partiendo por el Código Civil, que como regla general dispone en su artículo 1.401 que la donación entre vivos que no se insinuare (autorización de juez competente) sólo tendrá efecto hasta el valor de 2 centavos y será nula en el exceso, y pasando por la Ley N°16.271 sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones que, como exención general, sólo exime de dicho impuesto a las donaciones de “poca monta establecidas por la costumbre”.
Empresa y filantropía: donaciones desde el sector privado
A nivel de las empresas, la cosa puede ser todavía más complicada. En principio, las donaciones que estas efectúen serán consideradas como un gasto rechazado o no necesario para producir su renta, lo que se traduce en un impuesto, multa o sanción, de 40%.
«Junto con el llamado hecho por el Ministro de Desarrollo Social don Alfredo Moreno en ICARE, en el sentido de convocar a una gran alianza para el desarrollo social del país, es de esperar que el sector público ponga lo suyo» — Óscar Ferrari, socio de Garrigues.
Es cierto que existen varias leyes y normas que permiten efectuar donaciones sin tener que pasar por el trámite de la insinuación y que incluso otorgan algunos beneficios tributarios. Sin embargo, están llenas de requisitos y condiciones que en la mayoría de los casos son difíciles de cumplir. demás, estas normas están hoy dispersas en cerca de 100 leyes especiales, lo que además dificulta enormemente su conocimiento y aplicación.
Fortalecimiento de la cooperación público-privada
Por lo anterior, junto con el llamado hecho por el Ministro de Desarrollo Social don Alfredo Moreno en ICARE, en el sentido de convocar a una gran alianza para el desarrollo social del país, es de esperar que el sector público ponga lo suyo. Para ello, debe hacer las indicaciones y poner las urgencias legislativas que permitan que en el más breve plazo posible, contemos con una Ley Única de Donaciones. Esta no debe sólo agrupar y sistematizar en un solo cuerpo legal las principales leyes que componen el actual sistema de donaciones con beneficios tributarios, sino que además contemplar mecanismos que tengan un verdadero foco en la redistribución equitativa de recursos (de manera de evitar que las donaciones se concentren en sólo unas pocas organizaciones sociales).
Pero junto con la Ley Única de Donaciones, o como parte de ésta, sería muy conveniente también efectuar ciertas modificaciones. Estas debieran centrarse más que en otorgar un beneficio tributario a los donantes (muchas veces necesarios para incentivar cierto tipo de conductas), en permitir destrabar y facilitar las donaciones filantrópicas.
«Para que el sector privado participe con entusiasmo en la alianza nacional para el desarrollo social convocada por el Gobierno, el Gobierno debiera colaborar pasando de la convocatoria a la acción, destrabando nudos legislativos y reglamentarios» — Óscar Ferrari, socio de Garrigues
Medidas para destrabar las donaciones filantrópicas
- Aumentar el límite de las donaciones entre vivos que se eximen del trámite de la insinuación (de sólo 2 centavos).
- Establecer una exención clara del impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones, para aquellas donaciones de carácter filantrópico, objetivo que también se cumpliría si se amplía el tipo de donatarios exentos del referido impuesto (y que actualmente se limita a las corporaciones o fundaciones de derecho público costeadas o subvencionadas por el estado y/o a aquellas cuyo único fin sea la beneficencia, la difusión de la instrucción o el adelanto de las ciencias en el país).
- Considerar las donaciones con fines filantrópicos que efectúen las empresas y demás contribuyentes del impuesto de Primera Categoría, idealmente como un gasto necesario para producir su renta o, en el peor de los casos, como un gasto no aceptado. Así se evita la aplicación respecto de estas donaciones, del impuesto sanción del 40% o presunción de retiro que actualmente se les aplica a los gastos rechazados que impliquen desembolsos de dinero o retiro de especies desde la empresa o contribuyente del impuesto de Primera Categoría.
En resumen, para que el sector privado participe con entusiasmo en la alianza nacional para el desarrollo social convocada por el Gobierno, el Gobierno debiera colaborar pasando de la convocatoria a la acción. Debiera destrabar los nudos legislativos y reglamentarios que hoy dificultan la colaboración de los particulares en estos temas y generar los incentivos correctos, ya que como dicen en el campo, “sin alpiste no canta el canario”.